Bolivia: legitimidad, jueces y crisis judicial
La legitimidad judicial emana de la Carta Magna. Cuando se implantó en 2008 la nueva Constitución en Bolivia, se pensó en el apoyo popular a los jueces. Ahora el país se halla en una crisis judicial.
El 2023 fue un año lleno de elecciones, sin embargo, una de las más interesantes para ser analizadas eran los comicios judiciales de Bolivia, los cuales no se realizaron. El país andino es el único que elige a través del voto popular a los integrantes del Poder Judicial. Este modelo ha sido bastante cuestionado.
La elección de magistrados y jueces por tal método se implementó con la reforma constitucional de 2008 realizada por el expresidente Evo Morales. La crítica principal fue que los jueces servían al poder político al ser propuestos por el presidente, por ende no servían a la sociedad y la solución era votarlos, ya que así tendrían legitimidad.
El término «legitimidad» ha sido muy controversial. En política se menciona que los poderes ejecutivo y legislativo al ser electos por mayorías, si tienen un respaldo legítimo para ocupar la presidencia o un escaño. Por otro lado, el Poder Judicial no es electo entonces no cuenta con la legitimidad necesaria para avalar sus acciones. Empero, esto es una falacia debido a que las y los jueces sí tienen una fuente de respaldo y es la Constitución.
Los jueces y magistrados cuentan con funciones principales para el Estado y es que son: 1) garantes de la Constitución; 2) impartidores de justicia; y 3) mantienen la división de poderes. Estos cargos no necesitan de una legitimidad popular para cumplir con su deber. Al contrario, su perfil está caracterizado por el conocimiento técnico y teórico, el cual en teoría deviene en profesionalismo e imparcialidad.
Con el modelo boliviano, la práctica ha superado a la teoría y se ha comprobado que hay más desventajas que ventajas. Por ejemplo, juristas postulados por un partido político y por ende serían parciales en sus decisiones, se excluyen a muchas personas cuando existe un órgano que revisa los perfiles de idoneidad, e incluso la disparidad entre las y los aspirantes.
Hallazgos en las candidaturas
La primera vez que se realizaron estas elecciones fue en 2011. Se tenían previstas para el año anterior, pero la Asamblea Nacional gobernada por el oficialismo las pospuso, ya que no contaban con reglas para la propaganda o algún reglamento para la prohibición de campañas. Para ser la primera vez que se hicieron estos comicios la participación fue del 40%, pero el 60% de esos votos fueron nulos o en blanco, lo cual mermó la legitimidad de los miembros electos; mientras que el abstencionismo osciló entre el 21%.
En los comicios de 2011, tanto la oposición como el oficialismo estuvieron de acuerdo en que hizo falta dar más información para generar mayor participación. Asimismo, se encontró que varios aspirantes carecían de la trayectoria profesional para contender por el cargo y en otros casos los candidatos mintieron sobre su origen indígena.
Para 2023 estaban previstas unas nuevas elecciones que no se pudieron llevarse a cabo debido a una impugnación que realizó un aspirante. La causa fue que se le pidió externar sus posturas políticas y al negarse fue excluido, entonces acudió a la Sala de lo Constitucional quien emitió un amparo y suspendió el proceso de selección. Las fundaciones Debido Proceso y Construir, ambas bolivianas, han hecho un trabajo para registrar paso a paso el procedimiento de las elecciones judiciales al generar análisis, cuestionamientos y textos sobre este modelo.
Reglamento de selección
De acuerdo con el Reglamento de Preselección del Órgano Judicial, se elegirán 56 cargos para distintas autoridades jurisdiccionales, como lo son Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Agroambiental, y Consejeras y Consejeros del Consejo de la Magistratura. El proceso, atendiendo al artículo 17, establece once etapas antes de la elección de jueces que abarcan desde la emisión de la convocatoria hasta la preselección de aspirantes.
En el artículo 26, se establece que se realizará una valoración profesional con valor de 30 puntos; una valoración de la formación profesional equivalente a 25 puntos; una prueba de conocimientos pondera en 30 puntos; y la entrevista valorada en 15 puntos. Como se puede ver, existe un mecanismo que toma en cuenta varios factores para calificar la idoneidad de las personas, sin embargo, la práctica demuestra que esto no siempre es suficiente.
Entre 2008 y 2016, la Asamblea Nacional estuvo dominada de forma casi hegemónica por el Partido Movimiento Al Socialismo (MAS), en base al Volumen II del Atlas Electoral de Bolivia. En Latinoamérica, cuando existen gobiernos unificados, el mismo partido ocupa la presidencia y la mayoría legislativa, suelen surgir propuestas de reforma para limitar la división de poderes o los gobernantes en turno colonizan las instituciones autónomas.
Incluso así, la Ley-026 establece que la Asamblea Nacional elaborará las listas de los candidatos seleccionados de forma paritaria, 7 o 6 hombres y 7 o 6 mujeres, dependiendo el órgano jurisdiccional. Luego, se le hará llegar al Tribunal Supremo Electoral para organizar el proceso de votación, en el que la ciudadanía deberá votar por un hombre y una mujer para cada órgano.
En el artículo 80 de esta ley, se establece que sólo el órgano electoral está facultado para difundir propaganda e información sobre los candidatos, como trayectoria profesional, méritos y datos personales. Mientras, en el artículo 82 se menciona que las y los aspirantes están impedidos para pronunciarse sobre algún tema, hacer campaña, acceder a entrevistas o conducir programas de radio y TV durante el proceso.
Si bien el modelo judicial muestra algunos candados para impedir que las y los candidatos hagan campaña, la realidad es que esto no evita que haya afinidades ideológicas, extrabajadores del Estado o militantes de los partidos dentro de los aspirantes. La Fundación Debido Proceso publicó un informe en 2017 cuando se realizaron los segundos comicios judiciales y encontraron datos interesantes como los siguientes:
Los candidatos ligados al MAS oscilaban entre el 76% y el 82%, dependiendo de la instancia a la que aspiraban.
La polarización creció entre los partidos, ya que la oposición denunció el sesgo ideológico de varios aspirantes a órganos. Por otro lado, el oficialismo acusó a los opositores de golpistas y de intentar frenar el voto popular.
Los candidatos mejor evaluados no tenían trayectoria partidista, sino que eran independientes, aunque no fueron votados en la Asamblea Nacional.
En septiembre de 2017 inició una campaña de voto nulo o blanco impulsada por la oposición, lo cual era una violación a la ley electoral ya que nadie puede llamar a favor en favor o en contra de una candidatura.
Esto abrió el debate en el Poder Legislativo en torno a la legitimidad, ya que tanto la oposición como el oficialismo coincidían en que los candidatos electos debían tener un amplio respaldo popular.
La sociedad civil se unió para analizar los perfiles, exámenes y puntajes obtenidos, lo cual arrojó que los candidatos seleccionados por la Asamblea Nacional el 59% no sobrepasaba el 7 de calificación en pruebas de conocimiento, aptitudes o trayectoria profesional.
El día de los comicios los votos nulos alcanzaron el 50%, mientras que los votos en blanco sumaron el 14.93%; por lo tanto los votos válidos oscilaron entre el 34%.
Como podemos ver, la segunda vez que se realizó este ejercicio arrojó datos más preocupantes sobre la parcialidad de las y los juzgadores. El modelo ha demostrado que no entusiasma a la población debido a los bajos índices de participación, así como los intentos del oficialismo por mantener perfiles cercanos al MAS.
¿La tercera es la vencida?
Como se mencionó al inicio del texto, el país está inmerso en una crisis judicial debido al amparo que emitió la Sala Constitucional. Los legisladores del oficialismo y la oposición han hecho varias propuestas de reforma para que se puedan dar estos comicios. Sobre todo porque la fecha para las elecciones estaba prevista para el 29 de octubre del 2023, luego se movió para el primer o segundo domingo de diciembre, pero tampoco se realizaron. Ante estos eventos, se ha despertado la molestia del expresidente Evo Morales y el oficialismo, quienes acusan a los jueces de ejercer funciones extemporáneas o de forma ilegal, sin embargo, esto se debe a que no han podido llamar a elecciones.
Asimismo, el debate sigue abierto en torno a si es posible celebrar comicios en 2024, considerando que los actuales magistrados y jueces culminaron su encargo el 3 de enero. Aun así, más allá de la fecha electoral, la realidad es que a la luz de los datos el modelo no ha permeado en el interés de la gente, pero tampoco garantiza la imparcialidad de las sentencias emitidas por las autoridades.
Luego de varias disputas en el congreso, el pasado 6 de febrero se aprobó la ley para que las y los ministros sean electos por voto. Esto fue impulsado por las organizaciones campesinas que respaldan a Evo Morales. Aun así, el Parlamento no tiene previsto el cese de los 26 integrantes del Poder Judicial quienes han sido acusados de servir a otros intereses y no a la voluntad popular.
A esto se suma la disputa entre el presidente Luis Arce Catacora y el expresidente Evo Morales, quienes se acusan mutuamente del crecimiento de la violencia y de no respetar la democracia. Además, a finales de 2023 el tribunal constitucional declaró inconstitucional la sentencia que se emitió en favor de Evo Morales que le permitía la reelección indefinida, lo que ha generado que el exmandatario acuse de golpismo y parcialidad a los jueces.
Firma invitada - Sebastián Godínez Rivera es politólogo por la Universidad Nacional Autónoma de México. Trabaja como analista en un Think Tank y es columnista en Latinoamérica 21.
Aquellos interesados que cuenten con una perspectiva politológica o sociológica y quieran colaborar en esta newsletter con la publicación de artículos relacionados con la actualidad política, pueden ponerse en contacto con nuestro equipo: politicxcontacto@gmail.com.
Pero es que esto no es del todo malo, sino que expone más la entropía del demotismo. El mismo argumento de contrariedad se puede hacer en cuanto al ejecutivo y legislativo: candidatos postulados por un partido político y por ende serían parciales en sus decisiones, se excluyen a muchas personas cuando existe un órgano (partidos o jurados de elecciones) que revisa los perfiles de idoneidad, e incluso la disparidad entre las y los aspirantes.
En fin, cosas de la democracia.